Detalle sentencia TC/0829/24

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Publicación: Jueves 19 de Diciembre , 2024 / 08:16 P. M.

Referencia: TC-07-2024-0154

Relativo a la demanda en suspensión de ejecución de sentencia presentada por los señores Enver Daniel Francisco Báez, Mayte Linda Francisco Báez y Yanna Aylin Francisco Báez respecto de: a) la Resolución núm. 00452/2020, del veinticuatro (24) de julio de dos mil veinte (2020); b) la Resolución núm. 1676/2022, del doce (12) de octubre de dos mil veintidós (2022); c) la Resolución núm. 1677/2022, del doce (12) de octubre de dos mil veintidós (2022), dictadas por la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia; y, d) la Sentencia civil núm. 549-2019- SSENT-00282, del veintitrés (23) de mayo de dos mil diecinueve (2019), dictada por la Primera Sala de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de Santo Domingo.

Sumario

Demanda en suspensión de ejecución de sentencia. Demanda en suspensión de ejecución de sentencia: de decisión jurisdiccional. Tribunal Constitucional: competencia (arts. 185.4 Constitución; y 54.8 LOTCPC). Medio de inadmisión: desestimado (art. 54.2 LOTCPC). Tribunal Constitucional: facultad de ordenar la suspensión a petición debidamente motivada (art. 54.8 LOTCPC). Demanda en suspensión de ejecución de sentencia: medida de naturaleza excepcional (TC/0046/13). Demanda en suspensión de ejecución de sentencia: criterios de procedencia (TC/0250/13). Demanda en suspensión de ejecución de sentencia: no puede ser utilizada como una táctica para pausar, injustificadamente, la ejecución de una sentencia que ha servido como conclusión de un proceso judicial (TC/0255/13). Tribunal Constitucional: proteger que un derecho no sea afectado (TC/0225/14). Demanda en suspensión de ejecución de sentencia: finalidad (TC/0454/15). Demandante en suspensión: deben demostrar fehacientemente que con la ejecución de la decisión jurisdiccional en cuestión se producirá un verdadero daño irreparable (TC/0199/15). Demanda en suspensión de ejecución de sentencia: su sola presentación no comporta una situación muy excepcional ni tampoco un escenario de daño irreparable (TC/0330/19). Daño irreparable: no se configura. Demanda en suspensión de ejecución de sentencia: rechaza.

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20/12/2024
tc-0829-24-tc-07-2024-0154.pdf
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