Relativo al recurso de revisión constitucional de sentencia de amparo interpuesto por la Fundación Justicia y Transparencia (FJT), contra la Sentencia núm. 0030-03-2018- SSEN-00117, del diez (10) de abril de dos mil dieciocho (2018), dictada por la Segunda Sala del Tribunal Superior Administrativo.
Revisión constitucional de sentencia de amparo. Tribunal Constitucional: competencia (arts. 185.4 Constitución; 9 y 94 LOTCPC). Revisión constitucional de sentencia de amparo: se satisfacen en todos los requisitos de admisibilidad (arts. 95, 96 y 100 LOTCPC; TC/0071/13; TC/0061/13; TC/0548/18; TC/0163/24; TC/0007/12). Juez de amparo: constató que la zona de explotación y posible explotación no se encuentra dentro de áreas vedadas para tales fines. Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales: no ha emitido resolución alguna autorizando o rechazando el proyecto de explotación minera. Juez de amparo: realizó una correcta apreciación de los hechos y aplicación del derecho. Derechos fundamentales: no se configura vulneración. Revisión constitucional de sentencia de amparo: admite, rechaza y confirma. Voto particular: Díaz Inoa.