Relativo al recurso de revisión constitucional de decisión jurisdiccional interpuesto por el señor Eusebio Beltrán Belén contra la Sentencia núm. SCJ-SS-22-0717 dictada por la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia el veintinueve (29) de julio del dos mil veintidós (2022).
Revisión constitucional de decisión jurisdiccional. Tribunal Constitucional: competencia (arts. 185.4 y 277 Constitución; 9 y 53 LOTCPC). Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: plazo franco y calendario (art. 54.1 LOTCPC; TC/0143/15). Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: se interpondrá mediante escrito mínimamente motivado donde consten la o las causales en que se fundamenta el recurso de revisión (art. 54.1 LOTCPC; TC/0605/16). Escrito motivado: requisito de admisibilidad no satisfecho (art. 54.1 LOTCPC; TC/0009/21). Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: inadmite. Voto particular: Reyes Torres.