Relativo al recurso de revisión constitucional de decisión jurisdiccional interpuesto por Carmen Montaño contra la Sentencia núm. SCJ-PS-22-1772, dictada por la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia el veintinueve (29) de junio de dos mil veintidós (2022).
Revisión constitucional de decisión jurisdiccional. Tribunal Constitucional: competencia (arts. 185.4 y 277 Constitución; 9 y 53 LOTCPC). Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: se satisfacen todos los requisitos de admisibilidad (arts. 277 Constitución; 53.3, 54.1 y 100 LOTCPC; TC/0143/15; TC/0123/18; TC/0409/24; TC/0007/12). Suprema Corte de Justicia: actuó correctamente al señalar que la convivencia entre la recurrente y el fallecido no demuestra el concubinato ante la ausencia del elemento de singularidad (art. 55.5 Constitución). Concubinato: se requiere la singularidad de la unión, lo que no se evidencia en el presente caso (TC/0512/15). Certificado de título provisional: imposibilidad de valoración, pues fue presentado por primera vez en casación (TC/0102/14). Suprema Corte de Justicia: reconoce la existencia de una sociedad de hecho que permitiría a la recurrente ejercer una acción distinta a la demanda en partición de bienes sucesorales. Derecho a la tutela judicial efectiva: configuración y alcance (TC/0874/23). Derechos fundamentales: no se configura su vulneración. Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: admite, rechaza y confirma. Voto particular: Bonnelly Vega, Díaz Inoa y Reyes Torres.