Relativo al recurso de revisión constitucional de decisión jurisdiccional, interpuesto por Maicol Miguel Matos del Rosario, contra la Sentencia núm. 482, dictada por la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia elsiete (7) de mayo del dos mil dieciocho (2018).
Revisión constitucional de decisión jurisdiccional. Tribunal Constitucional: competencia. (arts. 185.4 y 277 Constitución; 9 y 53 LOTCPC). Principio de celeridad y economía procesal: permite al Tribunal decidir la admisibilidad y el fondo del recurso mediante una sola sentencia (art. 54, numerales 5 y 7 LOTCPC; TC/0038/12). Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: se satisfacen todos los requisitos de admisibilidad (arts. 277 Constitución; 53.3, 54.1 y 100 LOTCPC; TC/0143/15; TC/0109/24; TC/0123/18; TC/0007/12). Acceso a la justicia: se garantizó, pues el recurrente pudo agotar todas las vías recursivas establecidas por la ley (TC/0749/23). Acceso a la justicia: no se configura su vulneración. Test de la debida motivación: requisitos (TC/0009/13). Test de la debida motivación: no se configura su vulneración. Suprema Corte de Justicia: actuó correctamente al rechazar el recurso de casación. Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: admite, rechaza y confirma.