Relativo al recurso de revisión constitucional de decisión jurisdiccional, interpuesto por Alba Iris Ventura Reynoso, contra la Sentencia núm. SCJ-TS-22-0085, dictada por la Tercera Sala de la Suprema Corte de Justicia el veinticinco (25) de febrero del dos mil veintidós (2022).
Revisión constitucional de decisión jurisdiccional. Tribunal Constitucional: competencia. (arts. 185.4 y 277 Constitución; 9 y 53 LOTCPC). Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: plazo franco y calendario (art. 54.1 LOTCPC; TC/0143/15). Autoridad de la cosa irrevocablemente juzgada: requisito de admisibilidad (arts. 277 Constitución; y 53 LOTCPC). Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: se interpone mediante escrito motivado (art. 54.1 LOTC). Escrito introductorio: carece de motivos claros, no se presentan argumentos sobre la afectación o vulneración de sus derechos fundamentales causada por la decisión cuestionada. Escrito motivado: requisito no satisfecho (TC/0324/16; TC/0605/17). Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: inadmite.