Relativo al recurso de revisión constitucional de decisión jurisdiccional interpuesto por el señor Gregorio Humberto Calcaño Rodríguez contra la Sentencia núm. 0129/2020 dictada por la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia el veintinueve (29) de enero del dos mil veinte (2020). En el municipio Santo Domingo Oeste, provincia Santo Domingo, República Dominicana, a los veintidós (22) días del mes de noviembre del año dos mil veinticuatro (2024).
Revisión constitucional de decisión jurisdiccional. Tribunal Constitucional: competencia (arts. 185.4 y 277 Constitucional; 9 y 53 LOTCPC). Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: debe interponerse mediante un escrito debidamente motivado (art. 54.1 LOTCPC, TC/0605/17). Escrito introductorio: no cumple con un mínimo de motivación. Escrito motivado: requisito no satisfecho (art. 54.1 LOTCPC). Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: inadmite.