Relativo al recurso de revisión constitucional de decisión jurisdiccional, interpuesto por el señor Luciano Gómez Cabrera, contra la Sentencia núm. 622, dictada por la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia, el doce (12) de julio del dos mil diecinueve (2019). En el municipio Santo Domingo Oeste, provincia Santo Domingo, República Dominicana, a los veintidós (22) días del mes de noviembre del año dos mil veinticuatro (2024).
Revisión constitucional de decisión jurisdiccional. Tribunal Constitucional: competencia (arts. 185.4 y 277 Constitucional; 9 y 53 LOTCPC). Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: plazo franco y calendario (art. 54.1 LOTCPC; TC/0143/15). Autoridad de la cosa irrevocablemente juzgada: requisito de admisibilidad (arts. 277 Constitución; y 53 LOTCPC). Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: debe interponerse mediante un escrito debidamente motivado (art. 54.1 LOTCPC; TC/0024/22; TC/0138/24). Escrito introductorio: no cumple con un mínimo de motivación. Escrito motivado: requisito no satisfecho (art. 54.1 LOTCPC). Solicitud de desistimiento: no se hace constar el consentimiento expreso del cliente representado (TC/0364/20). Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: inadmite.