Relativo al recurso de revisión constitucional de decisión jurisdiccional interpuesto por Construcciones & Viviendas S.A., y compartes contra la Sentencia núm. SCJ-PS-22-1388, del veintinueve (29) de abril del año dos mil veintidós (2022), dictada por la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia. En el municipio Santo Domingo Oeste, provincia Santo Domingo, República Dominicana, a los veintiún (21) días del mes de noviembre del año dos mil veinticuatro (2024).
Revisión constitucional de decisión jurisdiccional. Tribunal Constitucional: competencia (arts. 185.4 y 277 Constitución; 9, 53 y 54 LOTCPC). Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: se satisfacen todos los requisitos de admisibilidad (arts. 277 Constitución; 53.3 y 54.1 LOTCPC; TC/0143/15; TC/0007/12). Suprema Corte de Justicia: como órgano de control solo se limita a constatar si el derecho fue bien o mal aplicado (TC/0102/14). Valoración de las pruebas: facultad soberana de los jueces de fondo (TC/0307/20). Tribunal Constitucional: le está vedado la valoración de las pruebas y los hechos (TC/0524/21). Recurrente: tuvo la oportunidad de ser escuchada y plantear sus conclusiones. Derecho de defensa: no se configura su vulneración. Test de la debida motivación: requisitos (TC/0009/13). Suprema Corte de Justicia: efectuó una debida motivación, respondiendo ampliamente los medios planteados por las partes. Test de la debida motivación: no se configura su vulneración. Recurrente: tuvo la oportunidad de refutar y controvertir los alegatos y pruebas acaecidos durante el proceso. Derecho a ser oído: no se configura su vulneración. Principio de igualdad procesal o de arma: no se configura su vulneración. Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: admite, rechaza y confirma.