Relativo al recurso de revisión constitucional de sentencia de amparo interpuesto por la Policía Nacional contra la Sentencia núm. 0030-04-2021-SSEN-00536, dictada por la Tercera Sala del Tribunal Superior Administrativo el cinco (5) de octubre de dos mil veintiuno (2021).
Revisión constitucional de sentencia de amparo. Tribunal Constitucional: competencia (arts. 185.4 Constitución; 9 y 94 LOTCPC). Revisión constitucional de sentencia de amparo: se cumplen todos los requisitos de admisibilidad (arts. 95, 96 y 100 LOTCPC; TC/0007/12; TC/0071/13; TC/0406/14). Juez de amparo: incurrió en un error procesal al disponer la acogida, en lugar de la procedencia de la acción de amparo de cumplimiento. Diferencias entre la acción de amparo ordinario y la acción de amparo de cumplimiento: criterio constitucional (TC/0205/14). Acción de amparo de cumplimiento: prohibición de interponerlo cuando se pretende la ejecución de una sentencia (TC/0218/13). Acción de amparo de cumplimiento: tiene por objeto la ejecución de una sentencia. Revisión constitucional de sentencia de amparo: admite, acoge y revoca. Principio de autonomía procesal: aplicación (TC/0071/13). Acción de amparo de cumplimiento: el amparista pretende la ejecución del mandato dispuesto por mediante la Sentencia TC/0107/19. Tribunal Constitucional: remite el presente caso a la Unidad de Seguimiento de la Ejecución de las Sentencias (TC/0035/20). Acción de amparo de cumplimiento: improcedente.