Detalle sentencia TC/0661/23

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Publicación: Jueves 12 de Octubre , 2023 / 08:44 P. M.

Referencia: TC-05-2023-0140

Relativo al recurso de revisión constitucional de sentencia de amparo interpuesto por la entidad Ingeniería Peña, S.R.L. contra la Sentencia núm. 208-2023-SSEN00175, dictada por la Primera Sala de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de La Vega, el veintiocho (28) de febrero de dos mil veintitrés (2023).

Sumario

Revisión constitucional de sentencia de amparo. Tribunal Constitucional: competencia (arts. 185.4 Constitución; 9 y 94 LOTCPC). Revisión constitucional de sentencia de amparo: se cumplen todos los requisitos de admisibilidad (arts. 95, 96 y 100 LOTCPC; TC/0007/12; TC/0071/13; TC/0406/14). Juez de amparo: incurrió en un error procesal. Revisión constitucional de sentencia de amparo: admite, acoge y revoca. Principio de autonomía procesal: habilita al tribunal para conocer el fondo de la acción (TC/0071/13). Acción de amparo de cumplimiento: objeto (art. 104 LOTCPC). Acción de amparo de cumplimiento: finalidad (TC/0009/14). Legitimación: calidad para interponer la acción de amparo de cumplimiento (art. 105 LOTCPC). Acción de amparo de cumplimiento: indicación del recurrido (art. 106 LOTCPC). Acción de amparo de cumplimiento: procedencia y plazo (art. 107 LOTCPC). Requisitos previstos en la norma aplicable: se encuentran satisfechos (arts. 104 y siguientes LOTCPC). Resolución núm. 198-18: sus disposiciones escapan del ámbito de aplicación para los ayuntamientos y distritos municipales. Inclusión en partida presupuestaria: mecanismo que permite la ejecución de las sentencias (TC/0048/19). Parte accionante: debe incluir en el presupuesto del año dos mil veinticuatro (2024) la partida correspondiente a la obligación de pago (Ley 86-11). Astreinte: naturaleza (TC/0438/17). Acción de amparo de cumplimiento: procedente. Voto particular: Díaz Filpo.

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13/10/2023
tc-0661-23-tc-05-2023-0140.pdf
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