Relativo al recurso de revisión constitucional de decisión jurisdiccional interpuesto por Raúl Salas Taveras y Edgardo Nieves contra la Sentencia núm. 1138, dictada por la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia el dieciséis (16) de octubre del dos mil diecinueve (2019).
Revisión constitucional de decisión jurisdiccional. Tribunal Constitucional: competencia (arts. 185.4 y 277 Constitución; 9 y 53 LOTCPC). Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: plazo franco y calendario (art. 54.1 LOTCPC; TC/0143/15). Validez de la notificación: a persona o domicilio (TC/0109/24; TC/0163/24). Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: se interpondrá mediante escrito motivado (TC/0392/22). Instancia introductoria: no ha aportada argumentación alguna que permita evaluar la actuación u omisión de los órganos jurisdiccionales de cara a la alegada violación enunciada. Escrito motivado: requisito de admisibilidad no satisfecho (art. 54.1 LOTCPC). Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: inadmite.