Relativo al recurso de revisión constitucional de decisión jurisdiccional interpuesto por la señora Teolinda María Céspedes contra la Sentencia núm. SCJ-PS-22- 2265, dictada por la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia el veintinueve (29) de julio de dos mil veintidós (2022).
Revisión constitucional de decisión jurisdiccional. Tribunal Constitucional: competencia (arts. 185.4 y 277 Constitución; 9, 53 y 54 LOTCPC). Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: se satisfacen todos los requisitos de admisibilidad (arts. 277 Constitución; 53, 54.1 y 100 LOTCPC; TC/0143/15; TC/0123/18). Test de la debida motivación: requisitos de aplicación (TC/0009/13). Test de la debida motivación: no se configura su vulneración. Deber de motivación: se cumple con todos los requisitos. Relación incompleta de los hechos de la causa: no se configura una vulneración. Violación al derecho de propiedad: déficit argumentativo. Denegación de mandato de un abogado: deben ser tratadas de acuerdo con el procedimiento establecido en el Código de Procedimiento Civil. Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: no es una cuarta instancia (art. 53.3 c LOTCPC). Tribunal Constitucional: debe limitarse a determinar si se produjo o no la violación invocada con independencia de los hechos. Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: admite, rechaza y confirma. Voto particular: Vásquez Sámuel, Castellanos Pizano, Beard Marcos y Castellanos Khoury.