Relativo al recurso de revisión constitucional de sentencia de amparo interpuesto por el señor Henry Rafael Tejera Díaz contra la Sentencia núm. 0030-04-2022- SSEN-00355, dictada por la Tercera Sala del Tribunal Superior Administrativo el catorce (14) de junio de dos mil veintidós (2022).
Revisión constitucional de sentencia de amparo. Tribunal Constitucional: competencia (arts. 185.4 Constitución; 9 y 94 LOTCPC). Revisión constitucional de sentencia de amparo: se cumplen todos los requisitos de admisibilidad (arts. 95 y 100 LOTCPC; TC/0080/12; TC/0071/13). Juez de amparo: desnaturalizó la causa de inadmisibilidad establecida en el artículo 70.3 de la Ley núm. 137-11. Revisión constitucional de sentencia de amparo: admite, acoge y revoca. Principio de autonomía procesal: habilita al tribunal para conocer el fondo de la acción (TC/0071/13). Acción de ampro: estaba dirigida a cuestionar una orden de desalojo que había sido tomada por parte del Ayuntamiento del Distrito Nacional. Acción de ampro: el caso debe ser ventilado por la vía del recurso contencioso administrativo. Acción de amparo: inadmisible por la existencia de otra vía judicial efectiva (art. 70.1 LOTCPC; TC/0581/17; TC/0128/14). Otra vía: corresponde al juez de amparo indicar la vía efectiva (TC/0021/12). Otra vía efectiva: recurso contencioso administrativo ante el Tribunal Superior Administrativo. Prescripción civil del plazo: criterio (TC/0234/18). Acción de amparo: inadmisible. Voto particular: Castellanos Khoury y Castellanos Pizano.