Relativos al recurso de revisión constitucional de sentencia de amparo interpuesto por el Ministerio de Hacienda contra la Sentencia núm. 0030-02-2019-SSEN-00385, dictada por la Primera Sala del Tribunal Superior Administrativo el cinco (5) de diciembre de dos mil diecinueve (2019).
Revisión constitucional de sentencia de amparo. Tribunal Constitucional: competencia (arts. 185.4 Constitución; 9 y 94 LOTCPC). Revisión constitucional de sentencia de amparo: se cumplen todos los requisitos de admisibilidad (arts. 95, 96 y 100 LOTCPC; TC/0007/12; TC/0080/12; TC/0071/13). Juez de amparo: realizó una interpretación elástica e irrazonable sobre la libertad de empresa. Revisión constitucional de sentencia de amparo: admite, acoge y revoca. Principio de autonomía procesal: habilita al tribunal para conocer el fondo de la acción (TC/0071/13). Notaria improcedencia: concepto (TC/0699/16). Notoriamente improcedente: criterios de aplicación (TC/0031/14; TC/0086/13; TC/0017/13; TC/0187/13; TC/0074/14; TC/0241/13; TC/0254/13; TC/0276/13; TC/0147/13; TC/0009/14). Mera legalidad: cuestionamientos sobre la legalidad de actos administrativos. Notoria improcedencia: en casos de mera legalidad procede la inadmisibilidad (TC/0276/13). Acción de amparo: notoriamente improcedente (art. 70.3 LOTCPC). Demanda en suspensión: fue rechaza mediante Sentencia TC/0253/21. Acción de amparo: inadmisible.