Relativo al recurso de revisión constitucional de decisión jurisdiccional y a la demanda en solicitud de suspensión de ejecución de sentencia interpuesta por el señor Pedro Gabriel Espinal Polanco contra la Sentencia núm. SCJ-TS-22-0597 dictada por la Tercera Sala de la Suprema Corte de Justicia el veinticuatro (24) de junio del dos mil veintidós (2022).
Revisión constitucional de decisión jurisdiccional. Tribunal Constitucional: competencia (arts. 185.4 y 277 Constitución; 9, 53 y 54.8 LOTCPC). Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: se satisfacen todos los requisitos de admisibilidad (arts. 53.3 y 54.1 LOTCPC; TC/0123/18). Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: constituye un mecanismo extraordinario, cuyo alcance se limita a las prerrogativas establecidas en la ley (art. 53.3.c LOTCPC). Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: no puede conocer cuestiones relativas a los hechos o a la valoración de aspectos sobre el fondo del caso, salvo desnaturalización (TC/0327/17; TC/0058/22). Test debida motivación: parámetros y lineamientos específicos (TC/0009/13). Suprema Corte de Justicia: motivó apropiadamente los fundamentos se su sentencia, aplicando correctamente los preceptos constitucionales y la normativa ordinaria vigente. Test de la debida motivación: no se configura su vulneración. Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: admite, rechaza y confirma. Demanda en solicitud de suspensión de ejecución de sentencia: inadmisible por falta de objeto. Voto particular: Beard Marcos.