Relativo al recurso de revisión constitucional de decisión jurisdiccional interpuesto por Miguel Odalis Tejada Martínez contra la Sentencia núm. 001-022-2021-SSEN-01058 dictada por la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia del treinta (30) de septiembre del dos mil veintiuno (2021).
Revisión constitucional de decisión jurisdiccional. Tribunal Constitucional: competencia (arts. 185.4 y 277 Constitución; 9 y 53 LOTCPC). Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: se satisfacen todos los requisitos de admisibilidad (arts. 277 Constitución; 53.3, 54.1 y 100 LOTCPC; TC/0143/15; TC/0123/18; TC/0007/12). Protesto de cheques: facultades (arts. 41, 54 y 55 Ley 2859). Protesto de cheques: la instrumentación o levantamiento del proceso verba, es facultad exclusiva de los notarios públicos (art. 51.3 Ley 140-15). Principio de legalidad: configura (TC/0184/14). Suprema Corte de Justicia: interpretación incorrecta de la ley (art. 51.3 Ley 140-15). Principio de legalidad: se configura su vulneración. Derogación de las leyes: modalidades. Corte Constitucional de Colombia: adopción de criterio. Tribunal Constitucional de Perú: adopción de criterio. Protesto de cheques: derogación táctica (arts. 51.3 Ley 140-15; y 54 Ley 2859). Protesto de cheque: fue realizado por un servidor público sin competencia legal para ello (art. 51.3 Ley 140-15). Debido proceso: se configura su vulneración (art. 69.7 Constitución). Derecho de defensa: noción (TC/0427/15). Derecho de defensa: se configura su vulneración. Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: admite, acoge, anula y envía.