Relativo al recurso de revisión constitucional de decisión jurisdiccional interpuesto por los señores Jorge Alberto Tabar Heredia y Dagni Constantina de Oleo Jiménez de Tabar contra la Resolución núm. 405/2021 dictada por el Pleno de la Suprema Corte de Justicia del treinta (30) de septiembre de dos mil veintiuno (2021).
Revisión constitucional de decisión jurisdiccional. Tribunal Constitucional: competencia (arts. 185.4 y 277 Constitución; 9 y 53 LOTCPC). Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: se satisfacen todos los requisitos de admisibilidad (arts. 277 Constitución; 53.3, 54.1 y 100 LOTCPC; TC/0007/12; TC/0143/15; TC/0123/18). Suprema Corte de Justicia: ofrece motivos suficientes para rechazar la solicitud de suspensión de la sentencia de adjudicación. Sentencia de suspensión: es ejecutoria de pleno derecho (art. 167 Ley 189-11). Solicitudes de suspensión de ejecución de sentencia: la Suprema Corte de Justicia reitera que se requiere la demostración de un daño irreparable. Daño irreparable: no demostración. Suprema Corte de Justicia: decidió correctamente al rechazar el recurso de casación. Derecho al debido proceso: no vulneración. Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: inadmite. Voto particular: Diaz Inoa y Santana de Cabrera.