Relativo al recurso de revisión constitucional de sentencia de amparo interpuesto por la Policía Nacional contra la Sentencia núm. 00358/2014, dictada por la Segunda Sala del Tribunal Superior Administrativo el treinta y uno (31) de octubre de dos mil catorce (2014).
Revisión constitucional de sentencia de amparo. Tribunal Constitucional: competencia (arts. 185.4 Constitución; 9 y 94 LOTCPC). Revisión constitucional de sentencia de amparo: se cumplen todos los requisitos de admisibilidad (arts. 95, 96 y 100 LOTCPC; TC/0007/12; TC/0080/12; TC/0071/13). Sentencia TC/0235/21: cambio de precedente. Jurisdicción contenciosa administrativa: vía más adecuada y efectiva para conocer de las acciones en materia de desvinculación interpuestas por los miembros de la Fuerzas Armadas y la Policía Nacional en contra de sus respectivas instituciones (TC/0235/21). Precedente TC/0235/21: no aplica en la especie. Revisión constitucional de sentencia de amparo: las normas relativas al vencimiento de plazos son normas de orden público (TC/0543/15). Acción de amparo: causales de inadmisibilidad (art. 70.2 LOTCPC; TC/0314/14). Acción de amparo: plazo (art. 70.2 LOTCPC). Acción de amparo: extemporánea. Revisión constitucional de sentencia de amparo: admite, acoge y revoca. Acción de amparo: inadmisible. Voto particular: Santana de Cabrera.