Relativo al recurso de revisión constitucional de decisión jurisdiccional interpuesto por Adis Mayelline Ramírez Mercado contra la Sentencia núm. 2412/2021, dictada por la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia el treinta y uno (31) de agosto de dos mil veintiuno (2021).
Revisión constitucional de decisión jurisdiccional. Tribunal Constitucional: competencia (arts. 185.4 y 277 Constitución; 9, 53 y 54 LOTCPC). Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: se satisfacen todos los requisitos de admisibilidad (arts. 277 Constitución; 53.3, 54.1 y 100 LOTCPC; TC/0143/15; TC/0123/18; TC/0007/12). Tribunal Constitucional: le está vedado valorar los elementos de prueba, en razón de que estos se entienden dirimidos en la jurisdicción ordinaria (TC/0160/14; TC/0342/14; TC/0224/15; TC/0610/15; TC/0720/16; TC/0077/17; TC/0617/16; TC/0516/17). Derecho de defensa: circunstancias para que se verifique su vulneración (TC/0202/13). Derecho de defensa: pilar del debido proceso (TC/0404/14). Derecho de defensa: no vulneración. Test de la debida motivación: criterios de aplicación y parámetros (TC/0009/13). Suprema Corte de Justicia: la decisión reúne los elementos fundamentales de una decisión motivada, por lo que la misma no vulnera la garantía constitucional a una tutela judicial efectiva y el debido proceso de la recurrente. Test de la debida motivación: no se configura su vulneración. Suprema Corte de Justicia: correcta aplicación de la norma. Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: admite, rechaza y confirma.