Relativo al recurso de revisión constitucional de decisión jurisdiccional interpuesto por Teófilo Ortega contra la Resolución núm. 033-2021-SRES-00268, dictada por la Tercera Sala de la Suprema Corte de Justicia el treinta y uno (31) de agosto del año dos mil veintiuno (2021).
Revisión constitucional de decisión jurisdiccional. Tribunal Constitucional: competencia (arts. 185.4 y 227 Constitución; 9, 53 y 54 LOTCPC). Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: se satisfacen todos los requisitos de admisibilidad (arts. 277 Constitución; 53.3 y 54.1 LOTCPC; TC/0123/18; TC/0007/12). Recurso de casación: criterio de admisibilidad. Recurso de casación: plazo de caducidad (art. 7 Ley 3726-53). Auto de emplazamiento: fundamento legal (TC/0630/19; TC/0128/17; TC/0280/18). Procedimiento de casación: el plazo empieza a correr a partir de que el recurrente tiene conocimiento del asunto. Tribunal Constitucional: sus decisiones son definitivas e irrevocables y constituyen precedentes vinculantes. Suprema Corte de Justicia: se apartó de un precedente constitucional (TC/0100/13). Suprema Corte de Justicia: incorrecta aplicación de la norma. Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: admite, acoge, anula y ordena el envío. Voto particular: Vásquez Sámuel y Castellanos Pizano.