Detalle sentencia TC/0529/19

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Publicación: Lunes 02 de Diciembre , 2019 / 12:29 P. M.

Referencia: Expediente núm. TC-04-2016-0065

Relativo al recurso de revisión constitucional de decisión jurisdiccional incoado por los señores Bienvenido Guante Valera, Ulises Rafael de Jesús Guante Martínez y Aníbal de Jesús Guante de la Cruz contra la Resolución núm. 3426, de veintinueve (29) de septiembre de dos mil catorce (2014), y la Sentencia núm. 7, de veintiocho (28) de enero de dos mil quince (2015), ambas dictadas por la Tercera Sala de la Suprema Corte de Justicia.

Sumario

Revisión constitucional de decisión jurisdiccional. Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: Admisibilidad. (art. 185.4 y 277 Constitución Arts. 9 y 53 LOTCPC). Revisión constitucional de decisión jurisdiccional. Solo se admite contra las sentencias que hayan adquirido la autoridad de la cosa irrevocablemente juzgada con posterioridad a la Constitución del veintiséis (26) de enero de dos mil diez (2010). Autoridad de la cosa irrevocablemente juzgada. Pone fin a cualquier tipo de acción judicial relativa al mismo objeto y con las mismas partes. Contra estas sentencias no es posible interponer ningún otro recurso ordinario o extraordinario (TC/0053/13) Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: Requisitos de admisibilidad: inexistencia de las vías recursivas abiertas por ante los tribunales ordinarios. Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: El poder judicial no se encuentra desapoderado del asunto. Inexistencia de sentencia firma. Conflicto no resuelto de manera definitiva. Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: Ambas decisiones recurridas carecen del carácter de cosa juzgada material. Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: Inadmisible. Votos particulares magistrados: Acosta de los Santos, Beard Marcos, Castellanos Pizano, Vásquez Sámuel, y castellano Khoury.

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02/01/2020
tc-0529-19-tc-04-2016-0065.pdf
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