Relativo al recurso de revisión constitucional de sentencia de amparo interpuesto por el señor Fausto Miguel Núñez Reyes contra la Sentencia núm. 208-2023-SSEN00099, dictada por la Primera Sala de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de La Vega el seis (6) de febrero de dos mil veintitrés (2023).
Revisión constitucional de sentencia de amparo. Tribunal Constitucional: competencia (arts. 185.4 Constitución; 9 y 94 LOTCPC). Revisión constitucional de sentencia de amparo: se cumplen todos los requisitos de admisibilidad (arts. 95 y 100 LOTCPC; TC/0080/12; TC/0007/12). Principio de congruencia procesal: vulneración (TC/0029/14). Juez de amparo: aplicación contradictoria de dos causales de inadmisiblidad excluyentes entre sí (art. 70 LOTCPC; TC/0618/16). Revisión constitucional de sentencia de amparo: admite, acoge y revoca. Principio de economía procesal: habilita al Tribunal para conocer el fondo (TC/0071/13). Distribuidora de electricidad del norte: suspensión injustificada del servicio eléctrico al accionante. Acción de amparo: vía idónea para resolver los conflictos generados por la suspensión injustificada y arbitraria de los servicios básicos (TC/0055/22). Servicios básicos: definición (TC/0372/16). Servicio de energía eléctrica: servicio básico (TC/0372/16). Derecho a una vivienda digna: incluye entre otros el servicio eléctrico (TC/0372/16). Derecho a una vivienda digna: vulneración (art. 59 Constitución). Tribunal Constitucional: ordena restablecer el servicio eléctrico en la residencia del accionante. Acción de amparo: acoge. Astreinte: se impone en favor del accionante (TC/0438/17).