Detalle sentencia TC/0523/18

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Publicación: Miércoles 05 de Diciembre , 2018 / 11:50 P. M.

Referencia: Expediente núm. TC-04-2013-0126

Relativo al recurso de revisión constitucional de decisión jurisdiccional interpuesto por Ramón Antonio Fernández Cid, Juanita Santos y Fiordaliza Fernández Reyes, contra la Sentencia núm. 63, dictada por la Segunda Sala Penal de la Suprema Corte de Justicia el once (11) de febrero de dos mil trece (2013).

Sumario

Revisión constitucional de decisión jurisdiccional. Tribunal Constitucional: competencia (Art. 185.4 y 277 Constitución; Arts. 53 y 54 LOTCP). Autoridad de la cosa irrevocablemente juzgada: criterio de admisibilidad (Art. 277 Constitución). Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: plazo y punto de partida (Art. 54.1 LOTCPC; TC/0335/14; TC/0143/15). Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: supuestos de admisibilidad (Art. 53 LOTCPC). Sentencia de unificación: aplicación (Art. TC/123/18). Sentencia de unificación: finalidad y procedencia (Art. TC/123/18). Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: los requisitos de admisibilidad cuando se haya producido la violación a un derecho fundamental se encuentran satisfechos o no satisfechos (TC/0123/18). Especial trascendencia o relevancia constitucional: admisibilidad y configuración (Art 100 LOTPC; TC/0007/12). Debido proceso: plazo máximo para la duración de todo proceso penal (Art. 148 CPP). Debido proceso: plazo máximo para la duración se interrumpe por fuga o rebeldía del imputado (Art. 148 CPP). Proceso penal: punto de partida del plazo es el inicio de la investigación. Debido proceso: se configura una violación. Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: acoge, anula y envía. Voto particular: magistrado Castellanos Pizano.

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06/12/2018
tc-0523-18.pdf
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