Relativo al recurso de revisión constitucional de decisión jurisdiccional interpuesto por el señor John Stevens Anderson Mercedes y el Partido Cívico Renovador (PCR) contra la Sentencia núm. TSE-798- 2020, dictada por el Tribunal Superior Electoral del treinta (30) de julio de dos mil veinte (2020).
Revisión constitucional de decisión jurisdiccional. Tribunal constitucional: competencia (art. 277 Constitución; art. 53 LOTCPC). Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: plazo franco y calendario (art. 54. 1 LOTCPC; TC/143/15). Autoridad de la cosa irrevocablemente juzgada: criterio de admisibilidad (art. 277 Constitución). Carencia de objeto e interés jurídico: consumación y consolidación del proceso electoral (TC/0471/19). Principio de preclusión: aplicación (TC/0471/19). Principio de seguridad jurídica: configuración (TC/0100/13). Principio de seguridad jurídica: impide al tribunal modificar una situación jurídica consolidada. Falta de objeto e interés jurídico: medio de inadmisión (TC/0072/13). Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: inadmite. Voto particular: Vásquez Samuel, Beard Marcos, Castellanos Pizano.