Detalle sentencia TC/0497/20

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Publicación: Martes 29 de Diciembre , 2020 / 12:02 A. M.

Referencia: Expediente núm. TC-04-2019-0056

Relativo al recurso de revisión constitucional de decisión jurisdiccional interpuesto por Inovalina Peña Rodríguez de Labour contra la Sentencia núm. 976, dictada por la Sala Civil y Comercial de la Suprema Corte de Justicia el veintinueve (29) de junio de dos mil dieciocho (2018).

Sumario

Revisión constitucional de decisión jurisdiccional. Tribunal Constitucional: Competencia (arts. 185.4 y 277 Constitución; y 9,53 y 54 LOTCPC). Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: Autoridad de la cosa irrevocablemente juzgada: Criterio de admisibilidad (art. 227 Constitución; art. 53 LOTCPC). Especial trascendencia o relevancia constitucional: Criterio de admisibilidad y configuración (art. 100 LOTCPC) Noción abierta e indeterminada TC/0007/12). Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: Requisitos de admisibilidad. Plazo no mayor de treinta (30) días, a partir de la notificación de la decisión jurisdiccional recurrida. (art. 54.1LOTCPC). Plazo franco y calendario (TC/0143/15). Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: Las Salas Reunidas de la Suprema Corte de Justicia omitió pronunciarse y dar respuestas a la solicitud preliminar de excepción de inconstitucionalidad formulada por el recurrente como incidente previo en el memorial de casación. Los tribunales del Poder Judicial tienen la facultad de conocer y decidir sobre las excepciones de inconstitucionalidad de una ley, decreto, reglamento o acto, planteadas en un proceso, previo al resto del caso. (art.51 1LOTCPC). La inconstitucionalidad planteada por vía difusa constituye una excepción de procedimiento, y debe ser fallada antes de toda defensa al fondo o fin de inadmisión. (art.2 de la Ley 834). Revisión constitucional de decisión jurisdiccional La omisión de estatuir respecto de la excepción de inconstitucionalidad del artículo 5, párrafo III, literal a, de la Ley núm. 491-08, evidencia la vulneración a los derechos fundamentales del recurrente, a la tutela judicial efectiva y el debido proceso. Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: Admite, acoge, anula y ordena el envío del expediente a la Suprema Corte de Justicia para que se cumpla con lo establecido en el numeral 10 del artículo 54 LOTCPC). Votos particulares magistrados: Castellanos Pizano, Vásquez Samuel y Castellanos Khoury.

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26/03/2021
tc-0497-20-tc-04-2019-0056.pdf
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