Detalle sentencia TC/0464/22

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Publicación: Miércoles 14 de Diciembre , 2022 / 05:30 P. M.

Referencia: TC-01-2021-0026

Relativo a la acción directa de inconstitucionalidad interpuesta por los señores Luis Alberto Rosario Camacho y Jorge Luis Rosario López, contra el párrafo III, del artículo 20, de la Ley núm. 288-04, de veintiocho (28) de septiembre de dos mil cuatro (2004), sobre Reforma Fiscal, modificado por el artículo 7, de la Ley núm. 173- 07, de diecisiete (17) de junio de dos mil siete (2007), sobre Eficiencia Recaudatoria.

Sumario

Acción directa en inconstitucionalidad. Tribunal constitucional: competencia (art. 185. 1 Constitución; art. 36 LOTCPC). Legitimación activa: interés legítimo y jurídicamente protegido (art. 185. 1 constitución). Persona física: se presume su legitimación activa siempre que goce de los derechos de ciudadanía (TC/0245/19). Persona jurídica: su legitimación activa está condicionada a que este registrada conforme a la legislación vigente (TC/0245/2019). Acción directa en inconstitucionalidad: satisfacción de los presupuestos de admisibilidad (art. 185. 1 Constitución; art. 36 LOTCPC; TC/0502/2021). Acción directa en inconstitucionalidad: descripción de la norma cuestionada (art. 20 ley 288- 04 modificado por el art. 7 de la ley 173- 07). Norma cuestionada- sanciona el eventual incumplimiento de una obligación tributaria luego del vencimiento del plazo previsto para ello. Sanción: puede ser evitada con el cumplimiento de la obligación. Acceso a la propiedad inmobiliaria: se materializa con el cumplimiento de la obligación. Derecho de propiedad: ausencia de limitaciones inconstitucionales. Administración tributaria: dispone de las sanciones necesarias para disuadir al contribuyente a fin de que pague sus impuestos (TC/0247/2021). Sanción: su aumento se deriva del reiterado incumplimiento de la obligación. Principio de justicia tributaria: no vulneración test de razonabilidad: configuración (TC/0044/12). Test de razonabilidad: el fin es procurar disuadir para lograr el cumplimiento de la obligación. Test de razonabilidad: constitucionalidad del medio empleado. Test de razonabilidad: proporcionalidad entre el medio y el fin perseguido. Test de razonabilidad: no se configura su vulneración. Sanción: su monto solo podría exceder el valor del inmueble si el incumplimiento se prolonga excesivamente en el tiempo. Norma cuestionada: su constitucionalidad impide pronunciarse sobre disposiciones conexas (TC/0247/21). Sentencia reductora: no procede su emisión. Acción directa en inconstitucionalidad: admite y rechaza. Voto particular: Castellanos Khoury, Valera Montero.

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14/12/2022
tc-0464-22-tc-01-2021-0026.pdf
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