Detalle sentencia TC/0462/18

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Publicación: Miércoles 14 de Noviembre , 2018 / 04:11 P. M.

Referencia: Expediente núm. TC-04-2016-0243

Relativo al recurso de revisión constitucional de decisión jurisdiccional incoado por Wady González Vallejo contra la Sentencia núm. 363, dictada por la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia el trece (13) de abril de dos mil dieciséis (2016).

Sumario

Revisión constitucional de decisión jurisdiccional. Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: Competencia (Arts. 185.4 y 277 Constitución; Arts. 9, 53 y 54 LOTCPC). Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: procede contra las sentencias que hayan adquirido la autoridad de la cosa irrevocablemente juzgada (Art. 277 Constitución; Art. 53 LOTCPC). Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: plazo para interponerlo es de treinta (30) días a partir de la notificación de la sentencia (Art 54.1 LOTCPC). Domicilio procesal: no consta que el imputado haya hecho elección de domicilio en el domicilio de sus abogados (Art. 97 CPP; TC/0400/16). Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: notificación: deberá efectuarse en la persona del imputado cuando estuviere guardando prisión. Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: requisitos de admisibilidad (Art. 277 Constitución; Art. 53 LOTCPC). Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: sentencias constitucionales propias del derecho procesal constitucional comparado no previstas en la ley (Art. 47, Párr. III). Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: principio de oficiosidad y de supletoriedad (Art.7.11, 7.12 LOTCPC). sentencias constitucionales comparadas: Tribunal Constitucional: ha utilizado las modalidades de sentencias previstas en otros procesos y procedimientos constitucionales distintos a la acción directa de inconstitucionalidad (TC/0057/12; TC/0123/18). Derecho procesal constitucional comparado: sentencias de unificación (Corte Constitucional de Colombia). Sentencias de unificación: finalidad. Sentencias de unificación: doctrina que se justifica cuando dentro de la jurisprudencia del tribunal constitucional se observan aplicaciones divergentes de un precedente. Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: unificación de criterios (TC/0123/18). Requisitos de admisibilidad: satisfechos. Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: valoración de pruebas: apreciación. valoración de pruebas: jurisdicción ordinaria (Art. 172 CPC; TC/0037/13). Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: derecho de defensa: no se configura. Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: debida motivación: no se configura (TC/0384/15). Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: judicial efectiva y el debido proceso: no se configura. Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: admite, rechaza y confirma. Votos particulares: magistrados Vásquez Sámuel, Castellanos Pizano y Díaz Filpo

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14/11/2018
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