Relativo al recurso de revisión constitucional de sentencia de amparo interpuesto por el señor Félix Ramón García Taveras contra la Sentencia núm. 0030-04-2021-SSEN00569, dictada por la Tercera Sala del Tribunal Superior Administrativo el diecinueve (19) de octubre de dos mil veintiuno (2021).
Revisión constitucional de sentencia de amparo. Tribunal Constitucional: competencia (arts. 185.4 Constitución; 9 y 94 LOTCPC). Revisión constitucional de sentencia de amparo: se cumplen todos los requisitos de admisibilidad (arts. 95, 96 y 100 LOTCPC; TC/0071/13; TC/0007/12). Vía de hecho: no existe una vía de hecho por parte del ministerio de relaciones exteriores. Precedentes TC/0635/17; TC/0757/17: no se configura su vulneración. Test de la debida motivación: requisitos (TC/0009/13). Test de la debida motivación: aplicación. Test de la debida motivación: no se configura su vulneración. Juez de amparo: actuó correctamente al declarar inadmisible la acción. Jurisdicción contenciosa administrativa: competente (Ley 13-07; TC/0030/12). Acción de amparo: su inadmisibilidad por la existencia de vía judicial efectiva interrumpe el plazo de prescripción (TC/0358/17). Interrupción civil del plazo de prescripción: condiciones de aplicación. Revisión constitucional de sentencia de amparo: admite, rechaza y confirma. Voto particular: Castellanos Pizano.