Relativo al recurso de revisión constitucional de sentencia de amparo interpuesto por el señor Ángel Manuel Ventura Lorenzo contra la Sentencia núm. 0030-03- 2022-SSEN-00009, dictada por la Segunda Sala del Tribunal Superior Administrativo del diecisiete (17) de enero de dos mil veintidós (2022).
Revisión constitucional de sentencia de amparo. Tribunal constitucional: competencia (art. 185.4 Constitución, arts., 9 y 94 LOTCPC) Revisión constitucional de sentencia de amparo: se satisfacen los requisitos de admisibilidad (arts. 95, 96, 100 LOTCPC; TC/0080/12). Carencia de objeto: configuración y alcance. Tribunal constitucional de Colombia: adopción de criterio. Falta de objeto: causal de inadmisibilidad aplicable al caso concreto. Test de la debida motivación: elementos y parámetros. Test de la debida motivación: requisito no satisfechos. Jurisdicción administrativa en atribuciones ordinarias: competente para conocer conflictos laborales que se suscitan entre una persona y la administración. Sentencia de unificación: justificación general y procedencia (TC0235/21). Juez de amparo: incorrecta aplicación de la norma. Revisión constitucional de sentencia de amparo: admite, acoge y revoca. Principio de economía procesal: habilita al tribunal a conocer la acción (TC/0071/13). Acción de amparo: jurisdicción contenciosa administrativa: vía eficaz (art. 70.1 LOTCPC). Acción de amparo: la declaratoria de inadmisibilidad opera como una causa de interrupción de la prescripción civil. Acción de amparo: inadmisible. Voto particular: magistrados Castellanos Khoury, Castellanos Pizano y Vásquez Sámuel.