Relativo al recurso de revisión constitucional de decisión jurisdiccional interpuesta por los señores Víctor Manuel Polanco y Luis David Ceballos contra la Sentencia núm. 1889 dictada por la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia el cinco (5) de diciembre de dos mil dieciocho (2018).
Revisión constitucional de decisión jurisdiccional. Tribunal Constitucional: competencia (arts. 185.4 y 277 Constitución; 9 y 53 LOTCPC). Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: se satisfacen todos los requisitos de admisibilidad (arts. 277 Constitución; 53 y 54 LOTCPC; TC/0143/15; TC/0123/18; TC/0007/12). Ratio decidendi: precedentes constitucionales (TC/0383/14; TC/0214/15; TC/0394/18). Proceso penal: dilación irrazonable (TC/0394/18). Tiempo máximo del proceso: fundamento legal (art. 148 CPP). Precedentes Constitucionales TC/0383/14; TC/0215/15; TC/0394/18: no se configura su vulneración. Principio de irretroactividad: fundamento constitucional (art. 110 Constitución; TC/0013/12). Suprema Corte de Justicia: correcta aplicación del principio de irretroactividad. Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: admite, rechaza y confirma. Voto particular: Vásquez Sámuel, Beard Marcos y Castellanos Pizano.