Relativo al recurso de revisión constitucional de sentencia de amparo interpuesto por Fundación Quisqueya en Desarrollo contra la Sentencia núm. 157-2022-SSEN00004, dictada por la Cámara Penal del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de El Seibo el veintidós (22) de febrero de dos mil veintidós (2022).
Revisión constitucional de sentencia de amparo. Tribunal Constitucional: competencia (arts. 185.4 Constitución; 9 y 94 LOTCPC). Revisión Constitucional de sentencia de amparo: se cumplen todos los requisitos de admisibilidad (arts. 95, 96, 97 y 100 LOTCPC; TC/0007/12; TC/0080/12; TC/0406/14). Certificación de la Dirección General de Impuestos Internos: documento que garantiza la titularidad del derecho de propiedad sobre un vehículo de motor (TC/0017/13; TC/0405/16; TC/0356/22). Juez de amparo: decidió acorde con los precedentes constitucionales (TC/0017/13). Tribunal Constitucional: decide aplicar la técnica del distinguishing y apartarse de sus precedentes. Tutela judicial diferenciada: aplicación al caso concreto. Técnica del distinguishing: configuración (TC/0188/14; TC/0217/18). Revisión constitucional de sentencia de amparo: admite, acoge y revoca. Principio de economía procesal: habilita al Tribunal para conocer el fondo de la acción de amparo (TC/0071/13). Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social: donación de un vehículo tipo ambulancia a la accionante mediante acto auténtico. Ambulancia: no sujeto al régimen ordinario de circulación de vehículos de motor. Retención del vehículo: ausencia de proceso penal. Accionante: había iniciado el proceso de registro del vehículo ante la Dirección General de Impuestos Internos. Procuraduría Fiscal del Distrito Judicial de El Seibo: se le ordena entregar el vehículo a la accionante. Acción de amparo: acoge y ordena.