Relativo al recurso de revisión constitucional de sentencia de amparo interpuesto por el señor Miguel Mejía Castillo contra la Sentencia núm. 0030-02-2023-SSEN00317 dictada por la Primera Sala del Tribunal Superior Administrativo el veintisiete (27) de junio de dos mil veintitrés (2023).
Revisión constitucional de sentencia de amparo. Tribunal Constitucional: competencia (arts. 185.4 Constitución y 94 LOTCPC). Revisión constitucional de sentencia de amparo: fue depositado dentro del plazo legal habilitado (art. 95 LOTCPC; TC/0080/12; TC/0109/24). Revisión constitucional de sentencia de amparo: debe contener de forma clara y precisa los agravios causado por la decisión impugnada (art. 96 LOTCPC). Recurrente: no desarrolló motivaciones que demuestran cómo la sentencia impugnada había afectado sus derechos fundamentales. Principio de supletoriedad: permite al Tribunal aplicar un texto legal relativo a los medios de inadmisibilidad (arts. 7.12 LOTCPC; 44 Ley 834-78; TC/0035/13). Identificación de agravios: requisito de admisibilidad no satisfecho (TC/0195/15). Revisión constitucional de sentencia de amparo: inadmite. Voto particular: Ayuso.