Detalle sentencia TC/0397/18

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Publicación: Martes 06 de Noviembre , 2018 / 04:40 P. M.

Referencia: Expediente núm. TC-04-2016-0124

Relativo al recurso de revisión constitucional de decisión jurisdiccional interpuesto por Jiovanny Felipe Ramírez y Adria A. Rodríguez contra la Sentencia núm. 121, dictada por las Salas Reunidas de la Suprema Corte de Justicia el nueve (9) de septiembre de dos mil quince (2015).

Sumario

Revisión constitucional de decisión jurisdiccional. Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: Admisibilidad. (art. 185.4 y 277 Constitución; arts. 9, 53 y 54 LOTCPC). Especial trascendencia o relevancia constitucional: Noción abierta e indeterminada. (Art. 100 LOTCPC); (TC/0007/12). Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: Plazo: no mayor de treinta (30) días a partir de la notificación de la sentencia. Motivación: Lineamientos que deben seguir los tribunales del orden judicial para el cabal cumplimiento del deber de motivación. Test de la debida motivación: (TC/0009/13; TC/0186/17). Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: no fue aportado a los tribunales por ninguna de las partes el precio de venta del inmueble. Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: no se revela ninguna prueba que pudiera comprometer el derecho de propiedad de la legítima titular del derecho registrado. Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: no se verifican violaciones a derechos fundamentales. Sentencia impugnada: cuenta con una correcta motivación. Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: Admite, rechaza y confirma. Votos particulares: magistrados: Acosta de los Santos, Castellanos Khoury y Vásquez Sámuel.

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07/11/2018
tc-0397-18.pdf
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