Detalle sentencia TC/0391/20

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Publicación: Martes 29 de Diciembre , 2020 / 12:00 A. M.

Referencia: Expediente núm. TC-04-2017-0011

Relativo al recurso de revisión constitucional de decisión jurisdiccional incoado por el señor Miguel Peña Figuereo contra la Sentencia núm. 303, dictada por la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia el treinta (30) de marzo de dos mil dieciséis (2016).

Sumario

Revisión constitucional de decisión Jurisdiccional. Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: Competencia (art. 185.4 y 277 Constitución; art. 9, 53 y 54 LOTCPC). Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: Autoridad de la cosa irrevocablemente juzgada: requisito satisfecho. Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: Plazo: franco y calendario (TC/0143/15; 54. 1 LOTCPC). Revisión constitucional de decisión Jurisdiccional: los requisitos de admisibilidad se encuentran satisfechos (art. 53.3 LOTCPC; TC/0123/18). Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: Especial trascendencia o relevancia constitucional: criterio de admisibilidad y configuración (art. 100 LOTCPC; TC/0007/12). Revisión constitucional de decisión Jurisdiccional: deber de motivación de las decisiones judiciales: garantías del derecho al debido proceso (TC/0009/13; TC/0266/2013 y TC/0135/14). Deber de motivación: requisitos y parámetros. Deber de motivación: requisito satisfecho. Suprema Corte de Justicia: correcta aplicación de la norma. Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: admite, rechaza y confirma. Votos particulares: magistrados Vásquez Sámuel, Castellanos Khoury.

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26/01/2021
tc-0391-20-tc-04-2017-0011.pdf
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