Detalle sentencia TC/0390/20

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Publicación: Martes 29 de Diciembre , 2020 / 12:00 A. M.

Referencia: Expediente núm. TC-04-2013-0118

Relativo al recurso de revisión constitucional de decisión jurisdiccional incoado por la señora Ana Hilda Saldívar Rodríguez contra la Sentencia núm. 165, dictada por la Tercera Sala de la Suprema Corte de Justicia el veinticuatro (24) de marzo de dos mil trece (2013).

Sumario

Revisión constitucional de decisión jurisdiccional. Tribunal Constitucional: competencia (art. 185.4 y 227 Constitución; art. 9 y 53 LOTCPC). Autoridad de la cosa irrevocablemente juzgada: criterio de admisibilidad (art. 277 Constitución; art. 53 LOTCPC). Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: plazo franco y calendario (art. 54.1 LOTCPC; TC/0135/14; TC/0143/15). Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: requisitos de admisibilidad cuando se alega la violación de un derecho fundamental (art. 53.3 LOTCPC). Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: los requisitos de admisibilidad se encuentran satisfechos (TC/0123/18). Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: los requisitos exigen un análisis que demuestre la vulneración a los derechos fundamentales invocados (TC/0324/16; TC/0605/17; TC/0369/19). Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: inadmisible. Demanda en suspensión: carece de objeto. Voto particular: magistrados Castellanos Khoury y Diaz Filpo.

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26/01/2021
tc-0390-20-tc-04-2013-0118.pdf
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