Detalle sentencia TC/0377/18

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Publicación: Miércoles 10 de Octubre , 2018 / 06:57 P. M.

Referencia: Expediente núm. TC-04-2015-0155

Relativo al recurso de revisión constitucional de decisión jurisdiccional interpuesto por Publio Ferreras contra la Resolución núm. 3770-2014, dictada por la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia el veintidós (22) de septiembre de dos mil catorce (2014).

Sumario

Revisión constitucional de decisión jurisdiccional. Tribunal Constitucional: competencia (Art. 185.4 Constitución; Arts. 9, 53 y 54 LOTCPC). Autoridad de la cosa irrevocablemente juzgada: admisibilidad (Art. 277 Constitución; Art. 53 LOTCPC). Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: plazo (Art. 54 LOTCPC). Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: supuestos de admisibilidad (Art. 53 LOTCPC). Sentencia de unificación: finalidad y procedencia (TC/0123/18). Sentencia de unificación: divergencia de lenguaje utilizado en las decisiones (TC/0123/18). Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: los requisitos de admisibilidad se encuentran satisfechos o no satisfechos (TC/012/18). Especial trascendencia o relevancia constitucional: admisibilidad y configuración (Art. 53 párrafo LOTCPC; TC/0007/12). Deber de motivación: importancia (TC/0009/13). Deber de motivación: requisitos (TC0407/15; TC/0130/16). Casación: admisibilidad (Art. 426 y 426 CPP). Deber de motivación: incongruencia entre la motivación y el fallo (TC/0516/15; TC/0178/15). Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: acoge, anula y devuelve el expediente. Voto particular: magistrados Vásquez Samuel y Castellanos Pizano.

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11/10/2018
tc-0377-18.pdf
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