Detalle sentencia TC/0373/21

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Publicación: Miércoles 17 de Noviembre , 2021 / 07:28 A. M.

Referencia: TC-06-2020-0037

Relativo a la acción de amparo directo, interpuesta por el señor Pedro Manuel González Alcántara en contra de la Superintendencia de Pensiones (SIPEN) y la Asociación Dominicana de Administradoras de Fondos de Pensiones (ADAFP), con el fin de obtener la desafiliación del Sistema Dominicano de Pensiones y el retiro anticipado de los fondos acumulados.

Sumario

Acción de amparo directo. Tribunal Constitucional: competencia (arts. 185.4 y 227 Constitución; arts. 9 y 53 LOTCPC). Acción de amparo: no están comprendidas dentro de las competencias del Tribunal Constitucional. Principio de oficiosidad: aplicación. Tribunal Constitucional: competencias limitadas de manera taxativa por la Constitución y la ley (TC/0012/13). Tribunal Superior Administrativo: competente. Tribunal Constitucional: incompetente. Voto particular: magistrado Vásquez Sámuel.

 

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17/11/2021
tc-0373-21-tc-06-2020-0037.pdf
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