control preventivo de constitucionalidad de la Enmienda de DOHA al Protocolo de Kyoto de la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre Cambio Climático, elaborado y adoptada en la Conferencia de las Partes, en fecha ocho (8) de diciembre de dos mil doce (2012), celebrada en Doha, Qatar.
Control preventivo de Tratados Internacionales. Control preventivo de Tratados Internacionales: competencia (Artículos 6 y 185.2 Constitución; Artículos 9, 55 y 56 LOTCPC). Control preventivo de Tratados Internacionales: supremacía constitucional. Tribunal Constitucional: garantía (Artículo 184 Constitución). Control preventivo de Tratados Internacionales: recepción del derecho internacional (Artículo 26.2 Constitución). Tratados internacionales: Pacta Sunt Servanda. Pacta Sunt Servanda: noción. Control preventivo de Tratados Internacionales: noción. Control preventivo de Tratados Internacionales: finalidad. Enmienda de DOHA al Protocolo de Kyoto de la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre Cambio Climático: finalidad. Medio ambiente: obligación de protección de los poderes públicos (Artículo 67.5 Constitución). Medio Ambiente: Cooperación internacional para su protección (Artículo 67.5 Constitución). Recursos naturales: el uso eficiente y sostenible de los recursos naturales de la Nación con la adaptación de estos al cambio climático es prioridad del Estado (Artículo 194 Constitución). Derechos colectivos y difusos: conservación del equilibrio ecológico y la protección del medio ambiente (Artículo 66 Constitución). Conforme a la Constitución.