Relativo al recurso de casación interpuesto por el Ayuntamiento del Distrito Nacional contra la Sentencia de amparo núm. 00408-2010, dictada por la Segunda Sala de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional, el seis (6) de mayo de dos mil diez (2010).
Recurso de casación. Recurso de casación: Competencia de la Suprema Corte de Justicia. Declaratoria de incompetencia: Principio de aplicación inmediata de la ley procesal. Declaratoria de incompetencia: excepción: Situación jurídica consolidada (TC/0064/14). Recurso de casación: Recalificación. Principios de oficiosidad, efectividad y Favorabilidad (Arts.7.4, 7.5 y 7.11 LOTCPC). Revisión constitucional de sentencia de amparo: configuración. Revisión constitucional de sentencias de amparo: sentencias emitidas por el juez de amparo solo pueden ser recurridas en revisión y en tercería (art. 94 LOTCPC). Revisión constitucional de sentencia de amparo: su admisibilidad está sujeta a la especial trascendencia y relevancia constitucional (art. 100 LOTCPC). Especial trascendencia y relevancia constitucional: configuración (TC/0007/12). Revisión constitucional de sentencias de amparo: Acción de amparo: Inadmisibilidad: la acción de amparo que tiene como objeto la ejecución de una sentencia es inadmisible por ser notoriamente improcedente (TC/0003/16). Acción de ampro: no es el mecanismo jurídico procesal para reclamar el cobro a través de la ejecución de una sentencia. Revisión constitucional de sentencias de amparo: admite, acoge y revoca. Acción de amparo: inadmisible. Voto particular: magistrado Castellanos Pizano.