Relativo al recurso de revisión constitucional de sentencia de amparo interpuesto por Roni Joel Tavárez Valdez contra la Sentencia núm. 0030-02-2020-SSEN-00295, dictada por la Primera Sala del Tribunal Superior Administrativo de Jurisdicción Nacional, el veintitrés (23) de septiembre del año dos mil veinte (2020).
Revisión constitucional de sentencia de amparo. Tribunal Constitucional: competencia (arts. 185.4 Constitución; 9 y 94 LOTCPC). Revisión constitucional de sentencia de amparo: se cumplen todos los requisitos de admisibilidad (arts. 95, 96 y 100 LOTCPC; TC/0007/12; TC/0406/14). Cambio de precedente: jurisdicción contencioso administrativa constituye la vía más adecuada para conocer los casos sobre desvinculaciones de los miembros de la Policía Nacional (TC/0235/21). Cambio de precedente: válido a partir de la fecha de publicación de la Sentencia TC/0235/21. Cambio de precedente: no aplica en la especie. Procedimiento disciplinario: principios rectores (arts. 163 y 164 Ley 590-16). Faltas muy graves: noción legal (art. 153 Ley 590-16). Presidente de la República: autoridad competente para sancionar (art. 158 Ley 590-16). Debido proceso sancionador: no se configura violación. Revisión constitucional de sentencia de amparo: admite, rechaza y confirma. Voto particular: Gil, Vásquez Samuel y Santana de Cabrera.