Detalle sentencia TC/0336/18

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Publicación: Martes 04 de Septiembre , 2018 / 06:09 P. M.

Referencia: Expediente núm. TC-04-2017-0124

Relativo al recurso de revisión constitucional de decisión jurisdiccional interpuesto por el Departamento Aeroportuario contra la Sentencia núm. 546, emitida por la Tercera Sala de lo Laboral, Tierras, ContenciosoAdministrativo y Contencioso-Tributario de la Suprema Corte de Justicia el doce (12) de octubre de dos mil dieciséis (2016). 

Sumario

Revisión constitucional de decisión Jurisdiccional. Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: Competencia (Art. 185.4 y 277 Constitución; Arts. 9, 53 y 54 LOTCPC). Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: recurribles solo las decisiones que hayan adquirido la autoridad de la cosa irrevocablemente juzgada (Art. 277 Constitución; Art. 53 LOTCPC). Especial trascendencia o relevancia constitucional: configuración (TC/0007/12). Revisión constitucional de decisión Jurisdiccional: derecho a la adecuada motivación de las decisiones jurisdiccionales (TC/0009/13). Test de la debida motivación (a): los tribunales no se eximan de correlacionar los principios, reglas, normas y jurisprudencia, en general, con las premisas lógicas de cada fallo, para evitar la vulneración de la garantía constitucional del debido proceso por falta de motivación (TC/0009/13). Test de la debida motivación (b): los jueces deben, al momento de exponer las motivaciones, incluir suficientes razonamientos y consideraciones concretas al caso específico objeto de su ponderación (TC/0009/13). Test de la debida motivación (c): correlacionar las premisas lógicas y base normativa de cada fallo con los principios, reglas, normas y jurisprudencia pertinentes, de forma que las motivaciones resulten expresas, claras y completas (TC/0009/13). Deber de motivar: obligación a cargo de los jueces de motivar sus decisiones de manera clara, coherente y precisa (TC/0009/13). Motivación: una sentencia carece de fundamentación cuando no contiene los motivos que justifican el análisis del juez en cuanto a su decisión (TC/0009/13). Deber de motivar: las sentencias de todos los tribunales del orden judicial deben contener una debida motivación (TC/0009/13). Suprema Corte de Justicia: no realizó la necesaria subsunción de las mencionadas normas al caso concreto que inadmitió, con lo cual hubiera dado motivos que permitieran comprobar la falta del desarrollo de los medios. Falta de motivación: la Suprema Corte de Justicia no respondió a ninguna de las partes en cuanto a lo planteado. Tribunal Constitucional: se declara la violación de los requisitos del test de la debida motivación en vista de que no se responden los medios de casación que invocó la parte recurrente, ni constan las razones por las cuales, en el caso concreto, se aplica el referido criterio de inadmisibilidad (TC/0009/13; TC/0017/13). Errónea interpretación y aplicación del derecho: la Suprema Corte de Justicia no vulneró el derecho al debido proceso al no contestar los medios del recurrente, ya que la declaratoria de inadmisibilidad imposibilita el conocimiento del fondo del mismo (TC/0198/15). Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: Acoge y anula. Voto particular: magistrado Castellanos Pizano.

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04/09/2018
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