Detalle sentencia TC/0333/21

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Publicación: Viernes 01 de Octubre , 2021 / 01:35 A. M.

Referencia: TC-01- 2017-0015

A la acción directa de inconstitucionalidad interpuesta por Megabar, S.A., contra el artículo 12, numeral 1 de la Ley núm. 489-08, sobre Arbitraje Comercial del treinta (30) de diciembre del año dos mil ocho (2008).

Sumario

Acción directa de inconstitucionalidad. Tribunal Constitucional: competencia (arts. 185.1 Constitución; art 36 LOTCPC). Legitimación activa: interés legítimo y jurídicamente protegido (art. 185.1 Constitución; art. 37 LOTCPC). Personas jurídicas: legitimidad (TC/0345/19). Acción directa de inconstitucionalidad: vicios de inconstitucionalidad. Vicio de forma o procedimiento: criterio (TC/0274/13). Vicios de fondo: criterio. Vicios de competencia: criterio (TC/0418/15). Arbitraje comercial: mecanismo alternativo de controversias. Convenio arbitral: voluntad expresa (Ley 489-08). Arbitraje: contrato inter partes (arts. 1134 y 1135 CC). Arbitraje: objeto (TC/0506/18). Derecho al recurso: garantías (art. 69.9 constitución). Derecho a recurrir: límites y presupuesto (TC/0270/13; TC/0002/14; TC/0241/16 TC/0560/19; TC/0375/20). Derecho fundamental: los limites deben ser de justificación constitucionalmente. Derecho fundamental: los limites deben ser proporcionales a la finalidad buscada (TC/0031/13). Principio de razonabilidad: aplicabilidad (art. 40.15 Constitución; TC/0044/12). Test de razonabilidad: criterios (TC/0044/12). Arbitraje Comercial: posee su propio mecanismo que permite a las partes interponer acciones recursivas ante el tribunal arbitral elegido por las partes. Derecho a recurrir: no vulnerado. Acción directa de inconstitucionalidad: conforme a la Constitución. Acción directa en inconstitucionalidad: rechaza. Voto particular: magistrados Ayuso y Gil.

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01/10/2021
tc-0333-21-tc-01-2017-0015.pdf
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