Relativo al recurso de revisión constitucional de decisión jurisdiccional interpuesto por el señor Henry Eurípides Fortuna Pérez contra la Sentencia núm. SCJ-PS-22-2312, dictada por la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia el veintiséis (26) de agosto de dos mil veintidós (2022).
Revisión constitucional de decisión jurisdiccional. Tribunal Constitucional: competencia (arts. 185.4 y 277 Constitución; 9 y 53 LOTCPC). Principios de celeridad y economía procesal: permite al tribunal decidir la admisibilidad y el fondo del recurso mediante una sola sentencia (art. 54 numerales 4 y 7 LOTCPC; TC/0038/12). Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: plazo franco y calendario (art. 54.1 LOTCPC; TC/0143/15). Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: el poder judicial continúa apoderado del caso. Sentencia objeto: no ostenta el carácter de la cosa irrevocablemente juzgada. Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: se interpone contra sentencias firmes, que han adquirido la autoridad de cosa irrevocablemente juzgada (TC/0363/18; TC/0176/22). Autoridad de la cosa irrevocablemente juzgada: criterio de admisibilidad no satisfecho (arts. 277 Constitución; y 53 LOTCPC). Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: inadmite.