Detalle sentencia TC/0315/15

Compartir:
Publicación: Viernes 25 de Septiembre , 2015 / 06:43 P. M.

Referencia: Expediente núm. TC-02-2015-0003

Control preventivo de constitucionalidad del “Acuerdo sobre Estatus del Personal de los Estados Unidos en la República Dominicana”, intervenido entre el Gobierno de la República Dominicana y el Gobierno de los Estados Unidos de América, de fecha veinte (20) de enero de dos mil quince (2015).

Sumario

Control preventivo de tratado internacional. Control preventivo de tratado internacional: competencia (Arts. 6 y 185 Constitución; Arts. 9, 55 y 56 LOTCPC). Control preventivo de tratado internacional: vinculación (Art. 57 LOTCPC). Derecho Internacional: recepción (Art. 26 Constitución). Control preventivo de tratado internacional: emerge como un mecanismo de utilidad fundamental para garantizar la supremacía constitucional. Acuerdo sobre Estatus del Personal de los Estados Unidos en la República Dominicana: objeto. Espectro radioeléctrico: bienes intangibles de dominio público, natural, escaso e inalienable, que forma parte del patrimonio del Estado (TC/0351/14). Espectro radioeléctrico: su uso por las fuerzas militares estadounidenses no se justifica (Arts. 9.3 y 14 Constitución). Relaciones internacionales: principio de reciprocidad e igualdad. Relaciones internacionales: cooperación y ayuda mutua. Convenio: Vigencia. Permanencia: objetivo. Permanencia: la presencia de tropas militares en el territorio dominicano debe estar supeditada a un plazo concreto (Art. 80.6 Constitución). Principio de soberanía y Principio de no intervención: El acuerdo estudiado podría poner en riesgo la integridad del Estado dominicano, pues da cabida a condiciones imprecisas e ilimitadas que, eventualmente, podrían contradecir el ordenamiento constitucional y la seguridad nacional. Convenio: renuncia a derechos fundamentales. Convenio: degrada los derechos fundamentales a la vida, a la dignidad humana, integridad, salud, garantías judiciales. Renuncia: la renuncia a derechos fundamentales contradice el contenido del artículo 148 de la Constitución. Convenio: contrario a derechos colectivos, difusos y medio ambiente. Principio de soberanía y Principio de no intervención: inviolabilidad (Art. 6 Constitución). Control preventivo de tratado internacional de tratado internacional de tratados internacionales: contrario a la Constitución.

Mostrar PDF en otra pestaña
17/01/2018
sentencia-tc-0315-15-c.pdf
397.54 KB