Relativo al control preventivo de constitucionalidad del “Convenio sobre Cobro Internacional de Alimentos para los Niños y otros miembros de la Familia”, hecho el veintitrés (23) de noviembre de dos mil siete (2007).
Control preventivo de constitucionalidad de tratados internacionales. Control preventivo de constitucionalidad de tratados internacionales: Competencia (Arts. 6 y 185 numeral 2 de la Constitución; Arts. 9, 55 y 56 LOTCPC). Control preventivo de constitucionalidad: finalidad. Tratados internacionales: es necesario que se enmarquen dentro de los principios de supremacía constitucional, legalidad, soberanía, no intervención e integridad territorial. Recepción del derecho internacional: (Art. 26 de la Constitución). Pacta sunt servanda: obligan al Estado a cumplir de buena fe lo pactado (Art. 26 Convención de Viena) (TC/0037/12). Control preventivo de constitucionalidad de tratado internacional: Convenio sobre Cobro Internacional de Alimentos para los Niños y otros miembros de la Familia: derecho de la familia (Art. 55.10 Constitución). Control preventivo de constitucionalidad de tratados internacionales: principio de solidaridad familiar. Convenio sobre Cobro Internacional de Alimentos para los Niños y otros miembros de la Familia: objeto. Convenio sobre Cobro Internacional de Alimentos para los Niños y otros miembros de la Familia: finalidad. Control preventivo de constitucionalidad de tratados internacionales. Conforme con la Constitución