Detalle sentencia TC/0307/22

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Publicación: Miércoles 21 de Septiembre , 2022 / 03:52 P. M.

Referencia: TC-05-2019-0233

Relativo al recurso de revisión constitucional de sentencia de amparo interpuesto por el Ministerio de Interior y Policía contra la Sentencia núm. 135-2019-SCON00483 dictada por la Segunda Sala de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de Duarte del dieciocho (18) de junio del año dos mil diecinueve (2019).

Sumario

Revisión constitucional de sentencia de amparo. Tribunal Constitucional: competencia (art. 185.4 Constitución; arts. 9, 94 y 95 LOTCPC). Sentencias de amparo: recurribles en revisión y en tercería (art. 95 LOTCPC). Revisión constitucional de sentencia de amparo: plazo hábil y franco (arts. 95 y 100 LOTCPC; TC/0071/13). Especial trascendencia o relevancia constitucional: criterio de admisibilidad y configuración (art. 100 LOTCPC; TC/0007/12). Derecho de defensa: garantías (TC/0404/14). Celebración de audiencia: fijación del plazo (TC/0071/13). Derecho de defensa: se configura violación. Revisión constitucional de sentencia de amparo: acoge y revoca. Principio de autonomía procesal: aplicación (TC 0071/13, TC/0185/13, TC/0012/14, TC/0127/14, TC/0396/18, y TC/0630/18). Acción de amparo. Ministerio de interior y policía: facultad exclusiva de concesión de licencias de porte y tenencia de armas de fuego. Licencias: requisitos (art. 14.1 Ley 631-16).  Licencia de porte y tenencia de armas: inelegibilidades (art. 23.6 Ley 631-16).  Revisión constitucional de sentencia de amparo: ser deportado por hechos delictivos es motivo razonable para negar la solicitud de la licencia de porte y tenencia de armas (TC/0237/13). Porte y tenencia de armas: su ejercicio está condicionado y limitado (TC/0296/14). Acción de amparo: rechaza.

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03/10/2022
tc-0307-22-tc-05-2019-0233.pdf
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