Detalle sentencia TC/0302/22

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Publicación: Miércoles 21 de Septiembre , 2022 / 03:39 P. M.

Referencia: TC-04-2021-0071

Relativo al recurso de revisión constitucional de decisión jurisdiccional incoado por la señora Minerva Encarnación contra la Sentencia núm. 1535 dictada por la Sala Civil y Comercial de la Suprema Corte de Justicia del veintiocho (28) de septiembre de dos mil dieciocho (2018).

Sumario

Revisión constitucional de decisión jurisdiccional. Tribunal Constitucional: competencia (art. 227 Constitución; art. 53 LOTCPC). Plazo: treinta (30) días francos y calendarios (art. 54.1 LOTCPC; TC/0143/15). Autoridad de la cosa irrevocablemente juzgada: criterio de admisibilidad (TC/0130/13). Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: requisitos de admisibilidad cuando se alega la violación de un derecho fundamental. Sentencias unificadoras: finalidad, procedencia y justificación (TC/0123/18) Especial trascendencia o relevancia constitucional: criterio de admisibilidad y configuración (art. 100 LOTCPC; TC/0007/12). Debida motivación: garantía del debido proceso y de la tutela judicial efectiva (art. 69 Constitución). Test de la debida motivación: parámetros y elementos (TC/0009/13). Debida motivación: se configura. Debida motivación: se configura. Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: rechaza y confirma. Votos particulares: magistrados Vásquez Sámuel y Castellanos Pizano.

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21/09/2022
tc-0302-22-tc-04-2021-0071.pdf
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