Relativo al recurso de revisión constitucional de sentencia de amparo interpuesto por la Dirección General de Jubilaciones y Pensiones a cargo del Estado (DGJP) y el Ministerio de Hacienda, contra la Sentencia núm. 030-02-2022-SSEN00235, dictada por la Primera Sala del Tribunal Superior Administrativo el primero (1 ro) de junio de dos mil veintidós (2022).
Revisión constitucional de sentencia de amparo. Tribunal Constitucional: competencia (arts. 185.4 Constitución; 9 y 94 LOTCPC). Revisión constitucional de sentencia de amparo: se satisfacen todos los requisitos de admisibilidad (arts. 95, 96 y 100 LOTCPC; TC/0007/12; TC/0080/12). Derecho a la seguridad social: carácter progresivo y fundamental (TC/0203/13). Derecho a la seguridad social: garantía de derecho a vivir una vida digna frente al desempleo (TC/0091/16; TC/0137/13; TC/0002/17). Acción constitucional de amparo: vía judicial efectiva para la protección al derecho fundamental a la seguridad social. Adecuación de pensión: régimen legal y administrativo que regula el sistema de seguridad social aplicable a los funcionarios y servidores públicos (art. 2 Ley 379-81). Juez de amparo: incurrió en un error in procedendo. Revisión constitucional de sentencia de amparo: admite, acoge y revoca. Principio de autonomía procesal: habilita al tribunal para conocer el fondo de acción (TC/0071/13). Derecho a la seguridad social: escala en que estará distribuido el importe de las pensiones a servidores y funcionarios públicos. Régimen de jubilaciones y pensión: fundamento legal. Tribunal superior administrativo: competente. Interrupción civil: aplicación y procedencia. Interrupción civil: punto de partida de partida del plazo (TC/0358/17). Acción de amparo: inadmisible.