Relativo al recurso de revisión constitucional de sentencia de amparo interpuesto por el señor José Carei de la Cruz contra la Sentencia núm. 0030-03-2021-SSEN-00034, dictada por la Segunda Sala del Tribunal Superior Administrativo el dos (2) de febrero de dos mil veintiuno (2021).
Revisión constitucional de sentencia de amparo. Tribunal constitucional: competencia (arts. 185.4 Constitución; 9 y 94 LOTCPC). Revisión constitucional de sentencia de amparo: se satisfacen todos los requisitos de admisibilidad (arts. 94, 95, 96 y 100 LOTCPC; TC/0080/12; TC/0071/13). Acción de hábeas data: finalidad, procedencia, fundamento constitucional y legal (arts. 70 Constitución; 64 LOTCPC). Acción de hábeas data: garantía de doble dimensión. Solicitud de reintegro: escapa del ámbito de la acción de hábeas data (TC/0580/19). Solicitud de reintegro: rechaza. Policía nacional: mantiene los registros de personas o fichas administrativas para consultas posteriores no afecta ni vulnera derechos fundamentales. Tribunal superior administrativo: correcta aplicación de la norma. Acción de hábeas data: no se configura su vulneración. Revisión constitucional de sentencia de amparo: admite, rechaza y confirma.